miércoles, 6 de junio de 2012


Los procedimientos



Los procedimientos en general se clasificaban en públicos y privados
  • públicos: delitos públicos y las materias administrativas en que una de las partes es el estado romano. Estos procesos públicos están sometidos a principios especiales ante magistrados especiales 
  • privados: procesos civiles en que el afectado es un particular, los delitos privados pueden ser el daño y las lesiones. Todo procedimiento privado se desenvuelve a través de las legis actiones (periodo arcaico). el procedimiento formulario (clásico) y el procedimiento extraordinario (post-clásico)

Los primeros actos jurídicos se llamaban Legis actione o acciones de la ley.


Se caracterizaban por 
  1. era un procedimiento aplicable solamente a los ciudadanos romanos y solamente el derecho quiritario (derecho de los quirites/ primeros habitantes romanos)
  2. era un procedimiento extremadamente formalista, si alguno de los litigantes se equivocaba en una palabra podía perder el juicio
  3. era un proceso de única instancia, sin apelación
  4. se aplicaban solamente en la ciudad de roma o a una milla de las murallas de roma y era solo para los ciudadanos romanos 
  5. se podían conceder solo las acciones presentes en el edicto del pretor


A las Legis actione le siguen los procedimientos formularios y posterior a este el Procedimiento Extraordinario o Cognitio Extraordinem

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